Fue a partir de la medida cautelar presentada por CNRT y, en la resolución judicial, se determina que las empresas de micros deberán dar cumplimiento con los pasajes para las personas con discapacidad de forma inmediata.

 

En este sentido, la decisión judicial se enmarca a partir de la medida cautelar presentada por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), dependiente de la Secretaría de Transporte de la Nación.

 

De esta manera, luego de registrar las denuncias de los usuarios y de emitir actas de infracción en todo el país, la CNRT presentó el pasado 25 de octubre una medida cautelar ante la justicia con el objetivo de que las empresas que incumplen con la obligación de ofrecer los pasajes para las personas con discapacidad, revean su accionar.

 

A raíz de esto, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal número 11 ordenó hoy a las empresas integrantes de la Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI) que “de modo inmediato procedan a dar cumplimiento con la obligación establecida en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674”, lo que representa otorgar los pasajes para las personas con discapacidad.

 

Es importante remarcar que desde la Comisión Nacional de Regulación del Transporte se continuará registrando las denuncias de los usuarios, en los casos de incumplimiento de las empresas, y se utilizarán todas las herramientas legales y administrativas para hacer cumplir y valer los derechos de los usuarios de transporte.