La Corte Suprema avaló un proyecto de explotación minera a cielo abierto en la provincia de Chubut, pese al reclamo en contrario de comunidades de pueblos originarios que habitan en la región.

El máximo tribunal, en una resolución de un párrafo, declaró “inadmisible” un planteo de las  comunidades Mapuche Tehuelche Mallin de Los Cual, Tehuelche Chacay Oeste y Laguna Fría, Mapuche Tehuelche Los Pinos y Mapuche Lof Lefimi.

Bajo la modalidad de “amparo ambiental” y con la representación del abogado  Juan Manuel Salgado, los pueblos originarios se opusieron al proyecto de explotación minera en las localidades de Gastre y Telsen.

Entre sus argumentos, adujeron que la actividad minera a cielo abierto está prohibida en la provincia y objetaron también el consumo de grandes cantidades de agua potable y el uso de cianuro en la actividad extractiva.

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Además, advirtieron que cuando se sancionó la ley que autorizó el proyecto minero las comunidades de pueblos originarios no fueron consultadas ni formaron parte del debate, pese a que se consideran afectadas por la iniciativa.

La causa tuvo un fallo favorable en primera instancia para las comunidades por parte del Juzgado Laboral número uno de Puerto Madryn, pero la Cámara de Apelaciones de esa ciudad lo revocó y dio vía libre al proyecto.

Sin analizar el fondo de la cuestión, el Superior Tribunal chubutense declaró inadmisible el recurso y lo propio hizo ahora la Corte Suprema, que apeló al Artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial para desestimar en un brevísimo fallo el planteo original.